viernes, 3 de junio de 2016

V.E. PRESIDENTE MACRI y DR. LORENZETTI LA IMPUNIDAD ES TRAICIÓN A LA PATRIA











Recepcionada en el día de la fecha a las 13: 23                       
                                                    Buenos Aires, 03 de junio de 2016

Excelentísimo Señor Presidente de la Nación:

Ing. Mauricio Macri

S                                   /                               D.



Con copia a los Miembros de la Corte Suprema de Justicia de la 

Nación.

Excelentísimo Señor Presidente

Dr. Ricardo Lorenzetti

S                 /                             D.
                                                                                    

                              El que suscribe JUAN RICARDO MUSSA DNI 4.705.745, con el ánimo que persigo al presentar esta Carta Abierta con el Fallo emitido por los Miembros de la CSJN de fecha agosto del año 2004 a quienes detentan el Poder Político y Justiciero de nuestra Querida República discutido fallo, que avasallo las Leyes y la Constitución Nacional.

Es muestra cabal que al final tenemos un modelo de Justicia Consuetudinaria, adonde quiero ir si un grupo de Seres Humanos vestidos de Militares desde el Poder del estado masacraron con balas casi 10.000 hermanos, cuál sería la diferencia de seres Humanos vestidos de civiles a cargo del Poder del Estado  masacraron al robar centenares de miles de millones a 50.000 o más Hermanos por inanición entre recién nacidos, otros adolescentes o mayores de edad (Como si hubiera explotado una bomba neutrónica, que no destruye casas pero mata sus habitantes...) como diría el Gral. Don José de San Martin “…ROBAR ES UN DELITO, PERO ARRUINAR EL PAÍS ES TRAICIONAR A LA PATRIA".

Aquí tienen Ustedes Miembros Supremos de la Nación la oportunidad de reivindicarse con la Sociedad que bastante mal está hoy, con las horas aciagas que están viviendo.

La respuesta de la Justicia al pedido del Poder Político en su momento discutida pero acertada:


“…La sanción de las leyes de obediencia debida y punto final provocó que un gran número de las causas penales que se habían abierto con el fin de investigar los hechos cometidos durante la última dictadura militar quedaran paralizados, hasta que, en cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para que el Estado argentino garantizara los reclamos de verdad (Informe 28/92), se realizaron los procesos conocidos como juicios de la verdad.


Así transcurrió una primera etapa, en la que se consideró suficiente el  mero "esclarecimiento” de los hechos como forma de cumplimiento de los deberes (y las facultades) del Estado argentino en esa dirección.


Luego, la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo, en el caso “Arancibia Clavel, Enrique” (Fallos:327:2312), que por tratarse de delitos de lesa humanidad correspondía la aplicación retroactiva de la imprescriptibilidad de la acción penal.


Y, más tarde, en “Simón, Julio Héctor”, declaró la inconstitucionalidad de las leyes 23.492 (punto final) y23.521 (obediencia debida), negándole a dichas normas cualquier efecto que pudiera oponerse al avance de los procesos o al juzgamiento y eventual condena de los responsables, u obstaculizara las investigaciones en curso (Fallos: 328:2056).


Ello significaba que quienes habían resultado beneficiarios de tales leyes ya no podrían invocar ni la prohibición de retroactividad de la ley penal más grave ni la cosa juzgada, pues (de acuerdo con lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Barrios Altos” -entre otros-) tales principios no podían convertirse en el impedimento para la anulación de las leyes mencionadas ni para la prosecución de las causas que fenecieron en razón de ellas, ni la de toda otra que hubiera debido iniciarse y no lo haya sido nunca.


En otras palabras, la sujeción del Estado argentino a la jurisdicción interamericana –se dijo en aquel entonces- impedía que el principio de irretroactividad de la ley penal pudiese ser invocado para incumplir los deberes asumidos en materia de persecución de violaciones graves a los derechos humanos.


Que análogas consideraciones fueron las que llevaron al Congreso Nacional, en el año 2003, a dictar la ley 25.779, por medio de la cual el Poder Legislativo declaraba insanablemente nulas las leyes en cuestión; y si bien se cuestionó la validez de aquella norma, la Corte declaró su constitucionalidad en el mismo precedente “Simón” ya citado.


A partir de esas decisiones se produjo la apertura y avance de una gran cantidad de causas en todo el país y, con ello, una serie de  requerimientos por parte de los magistrados encargados de su tramitación.


Para satisfacer las necesidades que se iban presentando, el Máximo Tribunal nacional creó una Unidad de Asistencia y Seguimiento de dichas causas, mediante la acordada 14/07, y de ese modo se fueron canalizando los distintos pedidos efectuados por los tribunales federales”.

Fundamentos

Esta en cierne en toda la Nación Argentina la posible condena de todos los que abusaron matando a sus hermanos léase CRISTINA FERNANDEZ DE KIRCHNER, ALICIA KIRCHNER, MAXIMO KIRCHNER, JULIO DE VIDO, CRISTOBAL LOPEZ, LAZARO BAEZ, CARLOS CASTAGNETO, ALEX KICILOFF, DAVID CAMERON, DROMI, DANIEL SCIOLI, ANIBAL FERNANDEZ, NILDA GARRE, RICARDO JAIME, Padre JUAN CARLOS MOLINA, AMADO BOUDOU, RICARDO JAIME, CARLOS ZANNINI, RICARDO ECHEGARAY PATRICIO GRIFFIN, CLAUDIO UBERTI, FELISA MICELI, CARLOS LIUZZI y muchos otros ex funcionarios y particulares , Alejandro Vandenbroele, Greppi, Rudy Ulloa, , Antonio Luna, Pedro Romero, Hermanos Cirigliano y otros, en una forma que ni siquiera un animal lo haría, entonces si se los condena con las leyes vigentes pronto llamo uno o cinco años volverán para armar sus maquinas de contar billetes como lo hicieron la oficina mal famosa “La Rosadita”, por esto digo deben los Supremos Hombres de la Argentina que son Ustedes a quienes les dirijo esta carta, mal seria sentenciarlos sin modificar las presentes leyes dado que hoy cuentan con la jurisprudencia necesaria para sentenciarlos a prisión perpetua sin condicional, siguiendo su slogan: Señor Presidente “…Si se puede agrego hacer Justicia”.

Por todos los valores que hicieron grande a ésta Nación y que hoy nos debemos en la obligación moral de restablecer, es que nos vemos en la necesidad de perfeccionar la legislación vigente a fin de disuadir y penar más severamente la corrupción ideada, promovida y ejecutada por funcionarios del Estado Nacional. Debemos equilibrar las escalas penales y armonizarlas con las prescriptas para conductas tipificadas en nuestro Código Penal como el Homicidio Calificado, ya que la apropiación indebida de fondos del Estado Nacional no es más ni menos que la ejecución de un genocidio, por cuanto hay millones de personas que padecen las devastadoras consecuencias de la apropiación del dinero del Estado Nacional que debiera ser destinado a la prolongación y mejora de la calidad de la vida humana. Este proyecto se cimentad con la expectativa de que toda la dirigencia política en un gesto de unidad real y de grandeza lo suscriba, ello con la firme convicción de que lo peor de las cosas malas de la gente mala es el silencio de la gente buena, por cuanto es una realidad que a la gente buena hoy solo se le ofrece miseria, carencias educativas y protección deficiente en materia de salubridad, además de una cruda desocupación, inseguridad despiadada, y en definitiva, privación del bienestar integral que se merece y debe exigir como derecho todo ser humano. Ante ello, y como vía directa de la representación del Pueblo de nuestra querida Patria nace nuestra responsabilidad de responder por el futuro del PAÍS; por lo que nos quedan dos caminos: Un conformismo mediocre que no ofrece siquiera una aleatoria tranquilidad presente, ni asegura una realidad futura; o bien nos queda adoptar el camino de la lucha, que si bien impone sacrificios puede alcanzar soluciones y honra. O bien nos queda transitar el camino de la continua lucha por la defensa de los intereses de nuestro Pueblo, para que de una vez y para siempre podamos vivir en una sociedad más justa. El presente proyecto de ley tendrá en miras la persecución penal estrictamente “severa” de todos aquellos delitos cometidos contra el Estado Nacional y la declaración de su imprescriptibilidad. Resultará fundamental la investigación exhaustiva de todos los delitos de corrupción contra el Estado y que éstos sean considerados como “CRIMENES DE LESA HUMANIDAD”. La pena a la que estarán sujetas estas conductas delictivas tendrá como eje central, la reparación y compensación frente al daño causado a partir del embargo y posterior remate de los bienes de los corruptos y de su familia hasta el cuarto grado de parentesco por consanguinidad, además de la prisión perpetua a todos los responsables penalmente. Debemos hacer un corte definitivo: Los datos son contundentes y ya no dejan lugar a dudas. Así lo demostró la encuesta anual de Barómetro Global de la Corrupción que realiza Transparencia Internacional en todo el mundo.

En la Argentina, el sondeo que se hizo con 1000 entrevistas personales. Con el 84% de evaluación negativa en la lucha contra la corrupción la Argentina lidera los índices en América latina. Es que en Perú el 68 % de la gente cree que el gobierno es ineficaz en el combate contra la corrupción, mientras que, en Panamá y en Venezuela, el 85% opina en líneas similares; en Chile lo hizo el 46 % y en Bolivia el 67 % de la gente no cree que haya herramientas eficaces para evitar irregularidades en el Estado con esto el Pueblo Boliviano evito con el voto la no continuidad de un nuevo mandato en la pretendida re reelección de Evo Morales. En Brasil la Justicia por lo visto independiente del Poder Político dio motivo para la suspensión de 180 días del mandato de Dilma Rousseff.

Dijo PEDRO BISCAY: “La corrupción no se ataca con penas más duras, sino con procesos más ágiles y atacando los activos. Hay que buscar recuperar la ganancia del corrupto. Ese es el único desincentivo que puede funcionar”.

Solicito a V.E. sacar una resolución convierta en imprescriptible los delitos de corrupción cometidos por todos los Funcionarios que estuvieron en el Estado Nacional, Provincial o Municipal, haciendo retrotraer esta resolución tomando como referencia al Dr. José María Dagnino Pastore Ex Ministro de Economía del gobierno asesino en julio de 1982 y hoy está vivo

Se tenga por cumplido el requerimiento a Vuestras Excelencias y se haga lugar a mi petición.








Constituyo domicilio en la Av. Callao 569 PB C.A.B.A.


Mi celular es: 15 5660 7025





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