jueves, 7 de agosto de 2014

GRIFFIN EL INAES, COCAINA y ROBAR IMPUESTOS SON SU META COOPERATIVA.





ANTECEDENTES DE LO QUE DENUNCIO: El Inaes se lava las manos

El organismo nacional intenta derivar parte de las responsabilidades por el caso de la mutual Cayfa a las autoridades mutualistas de la provincia.

http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/inaes-se-lava-manos



FORMULA  DENUNCIA. –
Señor Juez Federal:  Dr. Norberto Oyarbide
Fiscal federal Dr. Ossorio
                          JUAN RICARDO MUSSA, por derecho propio y en nombres de todos los Argentinos y en representación como Presidente de la ONG, PASO POR PASO ARGENTINA, con domicilio real en la Av. Quintana 26 Piso 3º Dto. 7 de la ciudad autónoma de Buenos Aires, asistido por el letrado que me patrocina, Dr. Enrique Piragini abogado inscripto al T° 22 F° 23, del C.P.A.C.F TEL: (011) 4599 8353, Celular 15-4159-8401, y constituyendo ambos domicilio a los efectos procesales en la Av. Callao 569 PB, de esta Ciudad.

   
I.-PERSONERIA:
            Conforme acredito como Presidente  con el Acta de la Comisión Directiva de fecha 06.11.2012, de La “ONG, PASO POR PASO ARGENTINA”,  en el carácter de Presidente de la misma y de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 43 de la Constitución Nacional estoy legitimado invocando el interés difuso en base a lo señalado por la Corte Suprema de la Nación, en el precedente, “…Provincia de San Luis contra la Nación” vengo a asumir su representación de todos los Argentinos, en estas actuaciones, con domicilio real en la Av. Quintana 26 Piso 3º Dto. 7, de la ciudad autónoma de Buenos Aires, asistido por el  letrado que me patrocina, el Dr. Enrique Piragini Tº 22 Fº 23 abogado inscripto en el  C.P.A.C.F.,  Celular 15-4159-8401 y constituyendo ambos domicilio a los efectos procesales en la Av. Callao 569 PB., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la causa Nº 7.518/2014, a V.S. me presento y respetuosamente digo:      

I- OBJETO.-
                        Que vengo a interponer denuncia a fin de que investigue V.S. la posible comisión de los delitos conforme en los términos del Código Procesal Penal de la Nación, la posible comisión de los delitos de Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público (Art. 248 CP), Lavado de Dinero, Violación a la Ley Nº 23.737 Art. 5º inc. C, violación a la lucha contra el lavado de activos y financiación del terrorismo, encubrimiento agravado, el INAES dictó la Resolución N° 2439/12, que aprueba el Manual de Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. Luego,  dispuso las Resoluciones N° 5.586/12, 5.587/12 y 5.588/12. Resolución N° 11/12 se establece como sujetos obligados a informar a las entidades cooperativas que realicen operaciones de crédito sujetas al régimen de la Ley 20.337 y resoluciones de la autoridad de aplicación, y las mutuales que prestan el servicio de ayuda económica y las entidades que prestan el servicio de gestión de préstamos en el marco de la Resolución N° 1481/09. En Resolución UIF N°12/12 se establece como sujeto obligado al INAES y los OLC con los cuales tenga suscripto o no convenio a fin de ejercer la fiscalización pública.  Y/o los que V.S. determine se cometieron mediante la respectiva investigación contra el Presidente del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (I.N.A.E.S.), Dr. Patricio GRIFFIN, a los Responsables de la firma Rueda y CIA. S.R.L., a los responsables de la Firma Laboratorio Químico Prolac S.A. (Vendedores de MEK, precursores químicos), a los Señores Saúl Omar Sarmoria, Laura Ghersi, Norma GARCIA (DNI: 12.176.719), Héctor Mario GASPAR (DNI: 8.939.361), Oscar José VAZQUEZ (DNI: 4.705.413), Luis DEL VIGO (DNI: 8.386.939), Antonio Basilio RAMIREZ (DNI: 8.234.553), Diego Ramón GIMENEZ (DNI: 32.327.918), Demetrio M. VARGAS (DNI: 21.347.671), Mario BANEGAS (DNI: 11.831.061), Jorge R. HERMOSA (DNI: 11.180.314), Rafael ALMANZA PEREYRA (DNI: 94.021.382)y otrosconforme los argumentos y apreciaciones que a V.S. pasó a exponer.-

II  HECHOS-.
                        A fin de dar precisión a la cuestión de hecho sobre la que girará la presente denuncia es que deberé puntualizar algunas cuestiones de suma relevancia.

El motivo de denunciar al Sr. Patricio Griffin, en mis planteos he referenciado en las denuncias que he formulados en distintos fueros y se las presentado en el INAES, que los mismos recibían precursores de cocaína y los vendían, que le hice para que no les de la aprobación al Estatuto de la Cooperativa Coperplast limitada, han en el INAES, así como también he investigado y he llegado a la conclusión, la aprobación de Estatutos para las cooperativas vigentes tanto las de producción como las mutuales de crédito es una pantalla para saquear al País, de todo tipo de impuestos, se le otorga entidad a un grupo de Ciudadanos para comerciar mercaderías legales o ilegales, en las mutuales financieras es una ingeniería para evadir parte del impuesto al cheques, o negociar canje de los mismos en negro, en este caso hace rato que vengo notificando de las actividades delictuosas de los que participan en la Cooperativa Coperplast Limitada, donde su fuente principal es la venta de precursores de cocaína, trabajo en negro, evasión de impuestos, cuándo se les ofrece una cooperativa en ella va incluido una protección sobre todo tipo de habilitaciones, Municipales, Nacionales, que no serán objeto de inspecciones de ningún tipo, de hechos estos ocurre así.

Solicito a V.S. se cite a las Empresas que transcribo, que le informen cuántas mercaderías le enviaron a Cooperativa Coperplast Limitada, a quienes les facturaron, vera que entre lo comprado por la firma Rueda y CIA. S.R.L, desde el año 2010 a la fecha y lo realmente producido eso nos dará la cifra millonaria superior a los $ 10.000.000,- de evasión fiscales, más lo producido con la venta de precursores de cocaína.

            A fines de abril, me encontré en el Mc Donald de Quilmes, el que está en la ESSO, con Javier Fernández y su Novia, luego de charlar distintas cosas le pregunto qué está haciendo, me cuenta que es Chofer de una empresa que vende MEK (Precursor de cocaína), en Florencio Varela, que hace un par de años que les entrega ese liquido a los usurpadores de mi propiedad, justo hace una semana les había entregado 6 tambores, le comento: No es mucho por lo que deben utilizar me mira y se ríe!!!!, lo venden como liquido ?, le pregunto y me lo aprueba, toda esta charla delante de su Novia,, que se les entrega con facturas y otras veces sin facturas, hablando Javier con sus Ex Colegas porque trabajaba con ellos, me dice que reciben Materias primas de las firmas Solvaic Indupa, Varteco, Tex Fabric y otras todo a nombre de la firma Rueda y CIA. S.R.L., le pregunto si sabe cómo le entregan la producido a Rueda, me dice que hacen remito para Rueda, envían la mercadería, si ese remito no lo fiscaliza ARBA, lo siguen usando o sea mandan 10 cargas de materiales con un solo remito.
El motivo de denunciar al Sr. Patricio Griffin, en mis planteos he referenciado en las denuncias que he presentado en el INAES, que los mismos recibían precursores de cocaína y los vendían, que le hice para que no les de la aprobación al Estatuto de la Cooperativa Coperplast limitada,

Domicilio de los usurpadores:
1) Norma GARCIA (DNI: 12.176.719)
FALUCHO 98 BURZACO


3) Oscar José VAZQUEZ (DNI: 4.705.413)
GRAL ARIAS 2244 LANUS


4) Luis DEL VIGO (DNI: 8.386.939)
CASTILLO 2 DTO 17 LONGCHAMPS


5) Antonio Basilio RAMIREZ (DNI: 8.234.553)
MZA 2 DTO 14 LONGCHAMPS


6) Diego Ramón GIMENEZ (DNI: 32.327.918)
SAN CLEMENTE 702 FLORENCIO VARELA


7) Demetrio M. VARGAS (DNI: 21.347.671)
LORETO 7148 LAFERRERE


8) Mario BANEGAS (DNI: 11.831.061)
CALLE 849 449 QUILMES


9) Jorge R. HERMOSA (DNI: 11.180.314)
SEMPERE 2635 BURZACO


10) Rafael ALMANZA PEREYRA (DNI: 94.021.382) 
CALLE 532ª 1229 FLORENCIO VARELA

11)  Saúl Omar Sarmoria

12) Laura Ghersi

13) La firma Rueda y Cía. S.R.L., domiciliada en la calle Girardot 1449, (1427) Ciudad De Buenos Aires, Capital Federal - Teléfono: (011) 4554-00

III.- MEDIDAS DE PRUEBAS:
1).- Solicito a V.S. se le dé intervención por esta denuncia, al Secretario de Seguridad de la Nación Sr. Sergio Berni.
2).- Solicito a V.S. se le dé intervención por esta denuncia, al SEDRONAR, a cargo del Secretario de estado, Sr. Juan Carlos molina.
a).- Solicito a V.S. se cite a prestar declaración testimonial al Señor Javier Rolando Fernández DNI  28.649.540, celular Nº 15-2648-8762,  con domicilio real en la calle Joaquín V. González 1525, de Bosques, Florencio Varela.
b).- Solicito a V.S. se cite a prestar declaración testimonial a la Señorita María Belén Wasinger, 15 3336 4874, con domicilio en calle Pringles 3266,  localidad de Zeballos, Florencio Varela.
c).- Solicito a V.S. se cite a prestar declaración testimonial a los responsables de la Firma Solvay Indupa S.A.I.C.,  domiciliada en la Av. Moreau De Justo A. Av. 1930, 4, Puerto Madero, Capital Federal.

d).- Solicito a V.S. se cite a prestar declaración testimonial a los responsables de la Firma Tex Fabric S.A.,  domiciliada en la calle Mansilla General 4037, B, 4, Capital Federal.

e).- Solicito a V.S. se cite a prestar declaración testimonial a los responsables de la Firma Varteco Química Puntana S.A.,  domiciliada en la calle Mansilla General 4037, B, 4, Capital Federal.

f).- Solicito a V.S. que Peritos de la Corte Suprema evalúen lo relacionado en las potencias energéticas consumidas en el periodo agosto/2010 a la fecha, sobre las facturaciones emitidas por las Empresas de servicios Públicos (Proveedoras de Gas),  Metrogas S.A. y EDESUR, (En el caso de fluido eléctrico hay en la planta de Bosques un grupo electrógeno).

g).- Solicito a V.S. se cite a prestar declaración testimonial a los compradores de los productos que vendieron ilegalmente, dado que los productos que fabrican son casi de exclusividad como la lonas de piletas y las lonas rayadas, a las firmas: Lonera Arteaga SRL, a Plamatex SRL Av. Balbín 1939, San Martin, PBA, al Sr. Jorge Ricardo Esteban con un local en la Av. Presidente Perón 4546, localidad de José C. Paz, Jorge Rodolfo Pérez, DNI 12.102.503, de la calle Díaz Vélez 2392 y Camino de Cintura localidad de Adrogue,  al Sr. Bilota, en la calle Mantovani, de la localidad de Burzaco, partido de Alte. Brown, “Decoraciones Espora”, en la Av. Espora 3.600 de la misma localidad, tel. 4299-2635,  a la firma Telas plásticas Miliavaca, domiciliada en la  Av. Hipólito Irigoyen 10.467 de Lomas de Zamora.

h).- Solicito a V.S., se cite a prestar declaración testimonial a los responsables de la “COOPERATIVA DE TRABAJO FADIP LTDA.”, cuya especialidad en proceso industriales es el recupero de aluminio de descarte y fundirlo, sin embargo ha emitido muchos remitos y facturas en la entrega de lonas a todos los clientes aquí enunciados.


i).- Solicito a V.S., al Juzgado federal Nº 1 de Quilmes a cargo del Juez Federal Dr. Luis Armella los siguientes expedientes  Nº 549/2010 y 544/2011, a efectus vivendi, donde hay pruebas sobre la utilización de precursores de cocaína, hay fotos de una maquina que utilizando MEK sin ningún tipo de autorización para poseerlo, en un allanamiento realizado por la Policía Federal Argentina, en el mes de marzo del año 2011.


                        En la sospecha de las actuaciones de los Señores: Patricio GRIFFIN, a los Responsables de la firma Rueda y CIA. S.R.L., a los responsables de la Firma Laboratorio Químico Prolac S.A, y a los Señores Saúl Omar Sarmoria, Laura Ghersi, Norma GARCIA (DNI: 12.176.719), Héctor Mario GASPAR (DNI: 8.939.361), Oscar José VAZQUEZ (DNI: 4.705.413), Luis DEL VIGO (DNI: 8.386.939), Antonio Basilio RAMIREZ (DNI: 8.234.553), Diego Ramón GIMENEZ (DNI: 32.327.918), Demetrio M. VARGAS (DNI: 21.347.671), Mario BANEGAS (DNI: 11.831.061), Jorge R. HERMOSA (DNI: 11.180.314), Rafael ALMANZA PEREYRA (DNI: 94.021.382) pueden resultar alcanzados por las disposiciones del Código Penal, se formula la presente denuncia y se solicita a V.S., se inste la pertinente investigación.

                  IV. PETITORIO-.

         a) Se tenga por constituido el domicilio, por  formulada la presente denuncia y se inicie el trámite judicial correspondiente;

            b) Se me autorice a constituirme como parte querellante, en mi carácter de damnificado.
            c) Se dispongan las medidas de prueba pertinente a investigar en relación al hecho denunciado, citándose oportunamente a los presuntos involucrados, y adoptándose a su respecto los recaudos procesales que impidan que eludan el accionar de la justicia o que entorpezcan la investigación.
  
            Tener presente lo expuesto y proveer de Conformidad, 
          
            SE AFIANZARA LA JUSTICIA.-